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Condiciones Generales

Última actualización: 07/04/2023

Ámbito de aplicación Estos Términos y condiciones generales de venta y entrega son válidos para todas las ofertas, relaciones contractuales, entregas y otros servicios entre INNOTEC FOOD EQUIPMENT S.L.(Vendedor) y el «Comprador», siempre que este último sea una empresa, una persona de derecho público o un patrimonio público especial. Cualquiera de las condiciones divergentes del Comprador que no se acepten expresamente por escrito no son vinculantes, incluso si Innotec ejecuta un contrato sin objetar expresamente dichas condiciones.

Oferta y concesión de pedidos

1. Las ofertas de Innotec no siempre son vinculantes y están sujetas a confirmación. El contrato no se ejecuta hasta que Innotec confirme la aceptación del pedido por escrito o realice la entrega. La confirmación escrita del pedido de Innotec es autorizada con respecto al alcance de la entrega. Todos los acuerdos deben registrarse por escrito; Esto también se aplica a los suplementos, modificaciones y acuerdos subsidiarios. Innotec se reserva el derecho de corregir errores en ofertas, confirmaciones de pedidos y facturas.

2. Las comunicaciones escritas de Innotec se consideran recibidas por el Comprador, después del tiempo de transmisión estándar, cuando se enviaron a la última dirección, número de fax o dirección de correo electrónico conocida por Innotec, e Innotec puede verificar este hecho. Las declaraciones de especial importancia, especialmente las terminaciones, cancelaciones y establecimiento de períodos de prórroga, están exentas de este supuesto de recepción.

3. Como parte de la relación comercial con el Comprador, Innotec almacenará datos personales en la medida necesaria para ejecutar los contratos y mantener la relación profesional, bien desde el momento del registro en la web www.innotecfood.com, bien por la adquisición directa de maquinaria.

 

I. Precios

1. A falta de acuerdo especial, los precios se cotizan franco almacén, incluida la carga en el almacén, pero excluyendo el flete, el embalaje, la paletización y el impuesto sobre el valor añadido aplicable.

2. Para las entregas internacionales, el Comprador debe asumir todos los costos y desembolsos relacionados con el cruce de fronteras, incluidas las tarifas de importación / exportación y las aduanas, independientemente de si el Comprador cubre o no inicialmente los costos. Las máquinas vendidas fuera de España Peninsular no tendrán garantía salvo que sean transportadas e instaladas por nuestro propio personal.

3. Para Servicio B2B el precio será pactado entre cliente-vendedor y cliente-comprador, sin mediación de Innotec, que cobrará únicamente la comisión del 18% correspondiente al comprador, y del 15% correspondiente al vendedor.

 

II. Condiciones de pago, retraso, compensación

1. Todas las facturas son inmediatamente pagaderas (vencidas) en su totalidad con anterioridad a la salida de la máquina de nuestros almacenes. A partir de 30 días después de la fecha de vencimiento, Innotec agrega intereses atrasados por un monto de ocho puntos porcentuales sobre la tasa preferencial vigente del Banco Central Europeo. Innotec se reserva el derecho de verificar cualquier desventaja de interés más allá de la tasa anterior.

2. Los cheques solo se aceptan con un acuerdo especial por escrito y solo con el propósito de pago, teniendo en cuenta todos los costos de descuento y cobro.

3. Si el Comprador se retrasa en proporcionar cualquier pago parcial acordado, Innotec puede exigir inmediatamente el pago de todo el saldo.

4. El pago de señal o reserva de máquina, conlleva firmeza. Si en el plazo acordado para el pago total pendiente, el Comprador no hubiere satisfecho la totalidad del importe de la venta, Innotec se reserva el derecho a la no devolución del importe de la señal o reserva y a restringir la relación comercial con el Comprador.

5. Si el Comprador se retrasa en realizar el pago, Innotec puede revocar el contrato y, después de lA expiración infructuosa de un período razonable, exigir daños y perjuicios en lugar de cumplimiento.

6. El Comprador solo puede compensar o hacer valer un derecho de retención contra Innotec si su contrademanda tiene fuerza legal o no es impugnada.

 

III. Plazos de entrega y entrega

1. Se entregará al cliente la misma máquina, sin equívocos, que ha adquirido.

2. Las fechas o plazos de entrega deben especificarse por escrito. Si han de ser vinculantes, el carácter vinculante también debe acordarse por escrito. Los plazos de entrega comienzan con la fecha de confirmación del pedido, pero no antes de que el Comprador proporcione los documentos, aprobaciones o autorizaciones necesarios, o antes de recibir un depósito acordad. La puntualidad de la entrega se define por el momento en que los bienes se entregan al remitente o se cargan en un vehículo de Innotec, o por el momento de preparación para el envío en caso de que el envío o la provisión de los bienes se retrase por circunstancias de las que el Comprador es responsable. Si se va a realizar una prueba de aceptación, la fecha de la prueba es autorizada, excepto en caso de negativa justificada a aceptar, respaldada por la comunicación de la disposición a la aceptación. Las modificaciones posteriores al contrato acordadas por iniciativa del Comprador e influyendo en el tiempo de entrega extienden el tiempo de entrega en consecuencia.

3. La obligación de entrega de Innotec está sujeta al suministro correcto y puntual del material necesario para la entrega, a menos que Innotec sea culpable del suministro no puntual o tardío de dicho material.

4. Innotec siempre está autorizado a proporcionar entregas o servicios parciales comercialmente estándar, a menos que dicha entrega o servicio parcial no sea razonable para el Comprador. Se permiten entregas excesivas e insuficientes estándar de la industria de la cantidad acordada.

5. Innotec no es responsable de las interrupciones en la operación comercial normal de Innotec. En particular, en casos de fuerza mayor (interrupciones en las cadenas de suministro de componentes electrónicos y otras materias primas debido a pandemias, epidemias, eventos bélicos, en caso de sustitución de piezas anteriores a la venta), cada parte renuncia a cualquier reclamación por daños directos y / o lucro cesante y / o daños indirectos, daños punitivos, independientemente de la terminación del contrato individual o las sanciones contractuales resultantes de los eventos mencionados anteriormente de los que no somos responsables. En este caso, los plazos de entrega cambian según la duración de la interrupción del rendimiento causada por estas circunstancias. Innotec está obligado a informar al Comprador del inicio y del final proyectado, así como real, de dichos obstáculos descritos anteriormente tan pronto como sea posible.

6. Innotec tampoco es responsable de las circunstancias mencionadas anteriormente cuando surjan durante un retraso ya existente.

7. Si la entrega no es puntual, el Comprador debe proporcionar a Innotec una extensión de al menos catorce días. Todas las advertencias y plazos del Comprador deben ser por escrito para ser efectivos. Si los bienes no se informan como listos para el envío después de la expiración de la fecha límite del Comprador, el Comprador tiene derecho a revocar o cancelar el contrato, si proporcionó aviso de esta consecuencia de vencimiento infructuoso por escrito junto con el establecimiento del plazo. Se excluye la responsabilidad extendida por parte de Innotec.

 

IV. Retención de la propiedad

1. Innotec conserva la propiedad del objeto de entrega respectivo hasta el cumplimiento completo de todas las obligaciones de la relación comercial, incluidas las obligaciones futuras derivadas de los contratos celebrados con el Comprador al mismo tiempo o posteriormente.

2. Innotec tiene derecho a asegurar el objeto de entrega a expensas del Comprador contra robo, rotura, incendio, agua y otros daños, siempre que el Comprador no haya proporcionado dicho seguro de manera verificable por sí mismo.

3. El comprador no puede enajenar, pignorar ni transferir el objeto de entrega como garantía.

4. Si el Comprador retrasa el pago, Innotec tiene derecho a exigir la devolución provisional de los bienes enviados a expensas del Comprador, sin ejercer el derecho de revocación ni otorgar una extensión.

5. Si terceros acceden a los bienes u otros valores sujetos a la retención de la propiedad, especialmente como parte de una ejecución obligatoria, el Comprador identificará la propiedad de Innotec y notificará inmediatamente a Innotec del acceso inminente, o ya producido de terceros y transferirá los documentos necesarios para la intervención. Esto también se aplica a la condenación de cualquier tipo, por la cual el Comprador asume los costos.

6. Innotec está obligado, a petición del comprador, a liberar las garantías que le correspondan en la medida en que el valor realizable de las garantías exceda las obligaciones a garantizar en más del 10 % o el importe nominal en más del 50 %; Innotec tiene derecho a seleccionar los valores que se liberarán.

7. Si el Comprador planea transportar los bienes entregados fuera de España Peninsular, deberá notificar inmediatamente a Innotec de dichos planes por escrito. El Comprador asumirá la ausencia total de garantía en los bienes que no sean transportados e instalados con los medios propios de Innotec, sin excepción.

 

V. Transferencia del riesgo

1. El riesgo se transfiere al Comprador cuando los bienes se entregan al agente de transporte, agente de envío o agente de carga, o se cargan en un vehículo de Innotec, pero en ningún caso más tarde de cuando salen del almacén. Esto también se aplica en caso de entregas parciales. La presencia de un defecto insignificante no da motivos al Comprador para rechazar la aceptación.

2. Si el envío se retrasa debido a circunstancias de las que el Comprador es responsable, el riesgo se transfiere al Comprador en el momento en que se comunica la disposición para enviar o recoger.

3. Las mercancías comunicadas como listas para ser enviadas de conformidad con el contrato deberán ser aceptadas inmediatamente; de lo contrario, Innotec tiene derecho, después de advertir al Comprador, a su propia discreción, a enviar o almacenar los bienes a expensas del Comprador y facturarlos de inmediato.

4. Si, debido a causas ajenas a Innotec, el transporte al lugar y momento acordados o utilizando el método proporcionado no es posible, Innotec tiene derecho a la entrega en otro lugar o a utilizar otro método, y el Comprador asume cualquier costo adicional. El Comprador es el primero en tener la oportunidad de expresar su opinión.

5. En caso de daños en el transporte, el Comprador debe registrar inmediatamente los hechos con las autoridades correspondientes y notificar a Innotec por escrito.

6. El comprador debe aceptar los bienes entregados independientemente de sus derechos en virtud de la Sección IX, incluso si contienen defectos insignificantes.

 

VI. Obligación de inspección y reproche

1. El comprador debe informar por escrito los defectos en los bienes de inmediato, a más tardar cinco días después de la recepción. Este periodo se reducirá a 2 días en Servicio B2B. Los defectos ocultos que no se puedan encontrar dentro del período mencionado anteriormente, incluso después de la inspección más cuidadosa, deben ser recomunicados a Innotec inmediatamente después de que ocurran, y toda operación / procesamiento debe detenerse.

2. Los rechazos del Comprador deben hacerse por escrito y deben describir con precisión el defecto. Los objetos deficientes deben mantenerse listos para su visualización por Innotec en su estado en el momento en que se detectó el defecto. El Comprador exime totalmente a Innotec de defectos asumibles por la condición de producto reacondicionado.

 

VII. Garantía de maquinaria nueva.

a) Condiciones Generales de la garantía de maquinaria nueva.

1. Toda maquinaria nueva tendrá la garantía ofrecida por el fabricante y detallada en la documentación adjunta a la máquina. Por lo general, la garantía del fabricante de maquinaria industrial cubre durante el plazo de un año a partir de la fecha de recepción de la máquina. Será el Servicio Técnico Oficial del fabricante el único responsable de la ejecución de la garantía, no teniendo Innotec responsabilidad alguna desde el momento de su venta y comprobación de funcionamiento en nuestras instalaciones.

2. La garantía solo ampara defectos de fabricación y piezas defectuosas, las cuales se canjearán una vez verificadas.

3. Exclusiones de la garantía. Queda excluido de la cobertura de la garantía, y por tanto será a cargo del usuario el coste de las horas de la reparación, transporte y desplazamiento, en los siguientes casos:

3.1. Las averías provocadas por negligencia o mal uso del aparato por parte del consumidor;

3.2. Las averías producidas por causas de caso fortuito, fuerza mayor (fenómenos atmosféricos o geológicos) y siniestros;

3.3. Las intervenciones que se deriven de una instalación incorrecta o de la falta de mantenimiento;

3.4. La aplicación de productos químicos inadecuados o la acumulación de residuos, tales como grasa o cal, originada por falta de limpieza;

3.5. La ubicación incorrecta de la máquina;

3.6. Los desgastes o deterioros estéticos producidos por el uso.

4. El servicio de instalación, mano de obra, reparación o mantenimiento posterior correrá a cargo del comprador exclusivamente.

5. La garantía únicamente se responsabiliza de materiales o piezas, no haciéndose cargo en ningún caso de indemnización alguna.

6. Los materiales de reposición se enviarán siempre por cuenta y riesgo del comprador, y serán facturados al mismo.

7. Sustituida la pieza, el comprador remitirá la defectuosa a la empresa vendedora para verificar la avería y validar la garantía con el fabricante.

8. Una vez verificado, Innotec hará el abono correspondiente y la devolución del dinero al comprador.

 

VIII. Garantía maquinaria reacondicionada.

a)     Condiciones Generales de la garantía de maquinaria Reacondicionada. Todas las máquinas reacondicionadas tendrán una garantía de 3 meses. El responsable único de la comprobación del estado de la maquinaria a su recepción será el cliente en todos los casos. La firma del albarán de entrega conllevará la aceptación total del estado de la maquinaria y todos sus componentes anexos, si les hubiera. Innotec ofrece a todos sus clientes una prueba gratuita en nuestras instalaciones con anterioridad al compromiso de compra con el fin de verificar el correcto funcionamiento y estado de la maquinaria. El hecho de que el cliente no desee realizar esta prueba exime a Innotec de cualquier tipo de reclamación posterior al respecto.

 

EXCLUSIONES DE LA GARANTÍA – Queda excluido de la cobertura de la garantía, y por tanto será a cargo del cliente el coste de la reparación, en los siguientes casos:

1. Las averías provocadas por negligencia o mal uso del aparato por parte del consumidor;

2. Las averías producidas por causas de caso fortuito, fuerza mayor (fenómenos atmosféricos o geológicos) y siniestros;

3. Las intervenciones que se deriven de una instalación incorrecta o de la falta de mantenimiento;

4. La aplicación de productos químicos inadecuados o la acumulación de residuos, tales como grasa o cal, originada por falta de limpieza;

5. La ubicación incorrecta de la máquina;

6. Los desgastes o deterioros estéticos producidos por el uso, así como los no detectados por el cliente con anterioridad a la firma del Presupuesto Vinculante, factura proforma o cualquier otro documento de compromiso firmado por ambas partes antes de que la máquina adquirida salga de nuestros almacenes;

7. El cliente asume y rubrica con su firma o sello que no ha lugar a la devolución de los importes abonados en concepto de adelantos, señales, fianzas, etc, en los supuestos reflejados en este epígrafe, así como en los casos de superar el plazo acordado para la recepción de la maquinaria por motivos ajenos a Innotec. Tampoco habrá lugar a devolución en el caso de desistimiento por parte del cliente de completar el pago de los importes pendientes. El servicio de instalación, mano de obra, reparación o mantenimiento posterior correrá exclusivamente por parte del comprador. La garantía únicamente se responsabiliza de materiales o piezas, no haciéndose cargo en ningún caso de indemnización alguna. Los materiales de reposición se enviarán siempre por cuenta y riesgo del comprador, y serán facturados al mismo. Sustituida la pieza, el comprador remitirá la defectuosa a Innotec para verificar la avería y validar la garantía con el fabricante o Innotec de la máquina. Una vez verificado, Innotec hará el abono correspondiente y la devolución del dinero al comprador. 9. En Servicio B2B no existirá garantía alguna asumible por Innotec, al ser simple conector de las empresas usuarias. Entre ellos, solo existirá garantía exclusivamente de funcionamiento.

 

IX. Responsabilidad

1. En todos los casos de responsabilidad contractual o extracontractual, Innotec proporciona daños o compensación por gastos inútiles solamente:

a) En caso de dolo o negligencia grave en el importe total; en caso de dolo o negligencia grave por parte de los agentes, Innotec es responsable solo por el monto del daño típicamente previsible que debe evitarse por la obligación no cumplida.

b) En otros casos: Solo si Innotec, sus empleados gerentes o agentes no cumplen con un deber esencial y, por lo tanto, ponen en peligro el objeto del contrato, pero la responsabilidad siempre será limitada; en caso de incumplimiento negligente de un deber, Innotec es responsable ante el Comprador solo por el monto del daño típicamente previsible que debe evitarse por la obligación no cumplida.

c) Además: Si Innotec está asegurado contra los daños que ocurrieron, la responsabilidad se limita a la cantidad de cobertura del seguro y está sujeta temporalmente al pago del seguro.

2. Innotec conserva la defensa de negligencia concurrente por parte del Comprador. Las limitaciones de responsabilidad en el punto 1 no se aplican a los daños debidos a lesiones o muerte, a la asunción de garantías de calidad o a la ocultación maliciosa de un defecto. Tampoco se aplican a la responsabilidad bajo la ley de responsabilidad del producto.

3. Se aplica un período de prescripción de tres meses a todas las reclamaciones contra Innotec por daños o compensación por gastos inútiles bajo responsabilidad contractual o extracontractual, excepto en casos de intención o lesiones personales. Esto no se aplica a un artículo que se utilizó en su forma habitual para una estructura y causó defectos en dicha estructura.

4. El plazo de prescripción de las reclamaciones en relación con las relaciones contractuales entre las partes finaliza en el momento en que Innotec o el Comprador se niegan a continuar las negociaciones relativas a la reclamación o a las circunstancias subyacentes a la reclamación. Si una de las partes no declara expresamente por escrito el fracaso de las negociaciones, se considerará denegada la continuación de las negociaciones un mes después del envío de la última correspondencia cuyo objeto era la reclamación o las circunstancias subyacentes a la reclamación.

 

X. Caso especial B2B.

El Servicio especial que ofrece Innotec denominado B2B (Business to Business) tiene las particularidades siguientes:

1) La finalidad de Innotec en este servicio es puramente de mediador y gestor, poniendo en contacto a las partes. La toma de decisiones respecto al precio, el transporte y demás condiciones, corresponde a las dos partes implicadas.

2) El Servicio B2B conlleva una comisión de servicio para el cliente vendedor del 18% sobre el precio de venta pactado con el cliente-comprador. En el caso del cliente-comprador, la comisión será del 10% sobre el importe pactado. El modo en que Innotec cobrará los importes correspondientes a sus honorarios es el siguiente: el precio de la venta pactado entre las partes se incrementará con el 10% correspondiente al cliente comprador. Se depositará a buen recaudo el importe de la venta, e Innotec cobrará sus honorarios respecto al cliente-comprador. En el momento de la confirmación de la correcta recepción de la mercancía por parte del cliente-comprador, Innotec liberará la cantidad correspondiente al cliente-vendedor el importe de la venta menos el 18% de honorarios.

3) El contrato firmado entre cliente-vendedor e Innotec tendrá una duración mínima de 1 año, prorrogable en periodos tácitos y sucesivos si no existe comunicación por escrito de lo contrario por parte del cliente-vendedor en un plazo de 3 meses antes de la finalización del contrato en vigor. Durante este período, el cliente-vendedor no podrá vender ni anunciar en ningún medio la maquinaria objeto del contrato.

4) Todos los gastos relacionados con el transporte serán a cargo del cliente-comprador, que tendrá la potestad de elegir la forma de envío que más le convenga.

5) Únicamente existirá garantía de funcionamiento, si el equipo no se corresponde con la descripción dada por el cliente-vendedor. En cualquier caso, Innotec no tendrá responsabilidad alguna en este proceso. En caso de disconformidad, el cliente-vendedor asumirá los gastos de transporte de devolución, así como la asunción del importe correspondiente a la comisión de Innotec en concepto de penalización. El cliente-comprador asumirá del mismo modo la pérdida del importe de la comisión de Innotec como penalización. Esto es debido a que Innotec ha cumplido el cometido por el que recibió sus honorarios, y cualquier vicisitud tendrá que ser asumida por las dos partes implicadas.

6) Innotec actuará de intermediario en la operación, en lo referente a transmitir los mensajes, contraofertas, dudas y cualesquiera otras cuestiones entre cliente-vendedor y cliente-comprador. Recibirá y depositará el importe de la transacción de forma segura en una entidad bancaria de su elección, hasta que el cliente-comprador confirme en el plazo no superior a las 24 horas siguientes a la recepción de la mercancía que todo está correcto, momento en el cual liberará el importe correspondiente a la venta al cliente-vendedor. 

 

XI. Lugar de ejecución, ley aplicable

1. El lugar de cumplimiento de las obligaciones derivadas de la relación contractual es el lugar de el almacén de entrega o almacén del proveedor. Palencia, España, es el lugar exclusivo para todas y cada una de las disputas legales, incluidas las disputas de cheques.

2. La relación contractual se rige por la legislación española, especialmente Código de Comercio español. Las disposiciones de la Convención de Viena de las Naciones Unidas de 11 de abril de 1980 relativas a los contratos de compraventa internacional de mercaderías (CIM) no son aplicables.

 

XII. El Comprador es conocedor de que cualquier documento firmado con Innotec llevará siempre implícitas las cláusulas descritas en este documento, en cualquier caso. Aunque el documento físico que obre en su poder no lleve impreso de alguna forma estas condiciones, se entenderán por asumidas y válidas.

 

XIII. Ventas con pago aplazado:

 

El cliente se obliga al pago íntegro de la factura en el plazo que se fijen 30, 60, 90, 120 días... etc. 

El incumplimiento de cualquiera de los plazos, dará lugar al impago de la factura y se cursará parte al seguro de crédito que cubre esta operación. 

En ningún caso el cliente podrá incumplir ninguno de los plazos de pago.

 

XIV. Condiciones Generales de Venta:

 

Devolución de la Máquina: 

La máquina objeto de la compraventa no podrá ser devuelta bajo ningún concepto, dado que la transacción se considera firme y definitiva en el momento de la formalización del contrato. La compraventa se considera plenamente ejecutada desde el instante de su aceptación por ambas partes.

Funcionamiento de la Máquina:

En caso de que la máquina no funcione correctamente, se deberá seguir el protocolo establecido con el departamento técnico del vendedor para subsanar cualquier fallo y restaurar su funcionamiento. En ningún caso, la falta de funcionamiento de la máquina podrá justificar la interrupción de los pagos previstos en el contrato de compraventa, el cual fue cerrado previamente de forma firme y vinculante.

Cumplimiento de los Plazos de Pago:

El cliente se compromete a pagar los plazos acordados en el contrato de compraventa de acuerdo con lo previsto y no podrá incumplir dichos plazos bajo ninguna causa o circunstancia.

Seguro de Venta y Penalizaciones:

Las ventas realizadas están cubiertas por un seguro de venta que protegerá tanto al vendedor como al cliente frente a posibles incumplimientos. En caso de incumplimiento por parte del cliente, el vendedor notificará de inmediato a la compañía aseguradora, quien tomará las medidas pertinentes. Dicho incumplimiento implicará la imposición de una penalización al cliente, además de la posible pérdida de garantías por parte de otros clientes que estén bajo la misma cobertura aseguradora. El cliente reconoce y acepta que dichos efectos pueden incluir, sin limitación, la exclusión de futuras coberturas y el aumento de los costos para otros clientes.